De acuerdo a la Ley General de Protección Civil (LGPC)
Es un instrumento de planeación y se implementa en cada uno de los inmuebles correspondientes, con el fin de establecer las acciones preventivas y de auxilio, así como de proteger a las instalaciones, bienes e información vital, ante la ocurrencia de una calamidad
Dicho programa deberá ser elaborado, actualizado, operado y vigilado por la Unidad Interna de Protección Civil, la que podrá ser asesorada por una persona física o moral que cuente con el registro actualizado correspondiente, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 11 de esta Ley